He recibido últimamente bastantes comentarios acerca de los cantos que se escuchan en ceremonias religiosas o en Horas Santas u oraciones con el Santísmo expuesto.
La pregunta es: "¿Es lícito cantar cantos de cantautores protestantes en celebraciones católicas?
No, no es lícito.
Los católicos tenemos una riqueza enorme en nuestra liturgia, los cantos nos tienen que introducir a la celebración que estamos viviendo.
¿Será que un canto protestante me puede llevar a profundizar en el amor a Jesús Eucaristía cuando ellos niegan la presencia real de Él en la Eucaristía?
Ellos no veneran a Nuestra Madre del cielo, no son Guadalupanos, al contrario en algunas ocasiones la ofenden.
Y es que no reflexionamos, nos dejamos llevar por la emoción, por un sentimentalismo vano que busca sentir bonito en lugar de hacernos adorar, amar y bendecir a Dios.
No confundamos el ecumenismo con el relativismo.
«¡Cuánto lloré al oír vuestros himnos y cánticos, fuertemente conmovido por las voces de vuestra Iglesia, que suavemente cantaba! Entraban aquellas voces en mis oídos, y vuestra verdad se derretía en mi corazón, y con esto se inflamaba el afecto de piedad, y corrían las lágrimas, y me iba bien con ellas (San Agustín, Confessiones 9, 6, 14).
En el Catecismo de la Iglesia Católica en elnumero 1158: La armonía de los signos (canto, música, palabras y acciones) es tanto más expresiva y fecunda cuanto más se expresa en la riqueza cultural propia del pueblo de Dios que celebra (cf SC 119). Por eso "foméntese con empeño el canto religioso popular, de modo que en los ejercicios piadosos y sagrados y en las mismas acciones litúrgicas", conforme a las normas de la Iglesia "resuenen las voces de los fieles" (SC 118). Pero "los textos destinados al canto sagrado deben estar de acuerdo con la doctrina católica; más aún, deben tomase principalmente de la Sagrada Escritura y de las fuentes litúrgicas" (SC 121).
Les dejo algunos parrafos que escribe la Conferencia Episcopal Mexicana:
La elaboración de este documento ha sido obra del
Secretariado Nacional de Música Sagrada que le ha dedicado buen número de
Reuniones a este fin, tratando de basarse en los documentos del magisterio
eclesiástico relativos a la música sagrada en la liturgia de la Iglesia, ya que
"la tradición musical de la Iglesia universal constituye un
tesoro de valor inestimable, que sobresale entre las demos
expresiones artísticas, principalmente porque el canto sagrado, unido a las palabras,
constituye una parte necesaria a integral de la liturgia solemne" (SC
112)...
Pedimos encarecidamente a los coros de Iglesia o grupos musicales, a los
músicos de Iglesia, a los organistas y cantores de Iglesia, y a los
compositores de música para la liturgia católica, que reciban y acojan estas
orientaciones como la forma más conveniente y digna de cumplir su función tan
importante como un verdadero ministerio de la Iglesia para lograr una mejor y
más consciente participación litúrgica.
Jesús, María y José que tantas veces cantaron salmos
al Señor en su oración doméstica y en la sinagoga intercedan ante el Padre
celestial a fin de que por su Espíritu lo alabemos dignamente con nuestros
cantos. Ellos nos invitan con el salmo 95 (94) 1 y 2: "Vengan, cantemos
alegres al Señor.. Entremos a su presencia dándole gracias,
aclamándolo con cantos ".
La Música Sagrada debe ser santa y bella según todas las normas y
condiciones del arte musical. "La Iglesia no rechaza en las acciones
litúrgicas ningún género de música sagrada, con tal de que responda
al espíritu de la misma acción litúrgica y a la naturaleza de cada una
de sus partes y no impida la debida participación activa del pueblo"
(Mus. Sacram, 9). Además, "será tanto más santa cuanto más íntimamente
esté unida a la acción litúrgica, ya sea expresando con mayor
delicadeza la oración o fomentando la unanimidad, ya sea enriqueciendo
con mayor solemnidad los ritos sagrados " (SC II 2).
Al tratar todo lo referente a la Música Sagrada, habrá que tener siempre
en cuenta lo que dicen los documentos fundamentales de la Iglesia ya citados. A
ellos, pues, hay que remitirse siempre. Sobre esa base la Conferencia del
Episcopado Mexicano quiere ahora recordar algunos de esos principios y hacer
algunos comentarios y puntualizaciones sobre la música sacra en nuestras
circunstancias particulares, con el fin de lograr que tenga siempre la dignidad
debida para que exprese y estimule la oración del pueblo de Dios.
13. El texto debe ser fundamentalmente bíblico o
inspirado en las Santas Escrituras, especialmente en los Salmos y en los
Evangelios.
14. Hay textos que, además de su fuerza por ser
Palabra inspirada, están consagrados por el uso ritual de la Iglesia, como pasa
en la Eucaristía con el Santo, el Padre nuestro y el Cordero de Dios. Otros, de
composición eclesial, son muy venerables por su tradición, como el Gloria.
Estos textos nunca deben ser sustituidos, reducidos o glosados, como pasa por
ejemplo, con el Gloria, el cual frecuentemente es sustituido por un trisagio.
15. Es de alabar el empleo de cantos en lengua latina
y, por lo tanto, habrá que estimular su uso, sobre todo de los mis sencillos y
universales, como algunas partes del Ordinario de la Misa y otros himnos o
antífonas. Del mismo modo, el canto del Kyrie eleison, el cual nos
hace presente la lengua griega, lengua en que fue escrito el Nuevo Testamento y
predicado el Evangelio en el mundo mediterráneo, y por eso mismo es como
expresión de nuestras raíces mis antiguas.
16. El texto de los cantos debe corresponder a la
finalidad de cada uno, por ejemplo en el Eucaristía, a la entrada, preparación
de ofrendas, comunión, etc.
18. Para que un canto sea apto para el uso litúrgico,
se deberá cuidar con esmero que la melodía empleada esté acorde con el texto y
con el momento litúrgico en que se va a usar. No podrá ser igual la melodía que
se utilice para un "Señor, ten piedad" que para un
"Aleluya" o un "Hosanna", ni podrá ser la misma para el
tiempo de Cuaresma que para Pascua o Navidad.
19. La melodía deberá siempre ser bella, aun en su
sencillez, nunca profana, que evoque la música mundana o que provenga de ella,
siempre según las características culturales de la comunidad celebrante;
siempre capaz de expresar y alentar la oración en sus distintas modalidades.
23. A los coros juveniles habrá que darles una
especial atención a fin de ayudarlos a que no se conviertan en un simple grupo
musical, sin sentido cristiano. Hay que evitar el "exhibicionismo" o
"protagonismo" o afán de imitar a los artistas y otros desórdenes, en
las celebraciones y en los locales donde se reúnen.
25. Habrá que tener un cuidado especial con los grupos
de cantores y músicos contratados ocasionalmente para el servicio de alguna
ceremonia. Habrá que ayudarlos a que su elección de música sea realmente apta
para el servicio litúrgico.
37. Habrá que distinguir muy claramente los cantos
verdaderamente litúrgicos de los otros que, teniendo un tema religioso, son
útiles para otro tipo de reuniones.
38. En los cantos litúrgicos habrá que tener un
respeto absoluto a los textos, especialmente a los bíblicos, y a otros de
antiquísima tradición, como el Gloria.
39. Los Salmos y cánticos bíblicos deberán ser
claramente destacados como tales, con su nombre y cita.
40. No se deben presentar como supletorios del salmo
responsorial los llamados "cantos de meditación", aptos para otras
ocasiones, pero de ninguna manera para la celebración eucarística.
48. Todas estas últimas indicaciones se han referido a
los cantos de la celebración eucarística como la central y más frecuente de la
comunidad cristiana. Pero los mismos criterios y los mismos cuidados habrá que
tener para los cantos de la celebración de otros sacramentos, especialmente del
bautismo y la celebración comunitaria de la penitencia y similarmente en los
ejercicios piadosos y devociones.
49. Un cuidado muy particular habrá que poner en las
celebraciones litúrgicas que tienen un especial sentido social, como en los
matrimonios y quince años.
50. En éstas, el sentido de celebración religioso de
la fe debe absolutamente prevalecer. Con gran frecuencia se escuchan cantos
profanos de corte sentimental y amatorio, según el gusto de los novios. En
otras ocasiones aparece como un concierto de música al que va artificialmente
adosado el rito; hasta se reparten programas con las intervenciones musicales.
Todo ello es totalmente ajeno a la liturgia y debe ser proscrito.
51. Los párrocos y demás rectores de las iglesias
deberán vigilar los programas musicales que se presentan a los novios y
eliminar lo que no sea conveniente.
52. Conviene que los sacerdotes, cuando ayudan a las
parejas a preparar el rito de su matrimonio, las orienten para que puedan
seleccionar con buen criterio la música y los cantos.
53. Con frecuencia se oye ejecutar música y hasta alga
himno nacional extranjero durante la Plegaria eucarística. Esto va totalmente
contra el sentido mismo proclamatorio principal de la oración.
+Mons. Efrén
Ramos Salazar +Mons. Hermenegildo Ramirez Sanchez
Obispo de Chilpancingo-Chilapa Obispo Prelado de Huautla
Presidente de la C. E. de Pastoral Presidente del Departamento de Litargica.
Música
S.E. de la C. E. de Pastoral Sagrada S. E. del Depto. de Música Litúrgica
Pbro. Victor
Sfinchez Pbro. Ernesto Estrella
Sandra Lillingston

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